domingo, 29 de abril de 2012

EL CASO DE COREA DEL NORTE...¿PERTENECE A LA FAMILIA DE DERECHO SOCIALISTA?

Hola que tal bloggers a continuación un poco más al respecto acerca de nuestra actualidad, y un país a lo sumo polémico debido a las últimas disputas internacionales a caabo, os invito a leer mi artículo y al final proporcionar vuestra opinión.
-Bien pues, en la actualidad hay muy pocos paises que dicen practicar el denominado sistema político-económico del socialismo, incluso muchos autores consideran que ya nisiquiera existe esta familia del derecho socialista, Consuelo Sirvent nada más menciona a la extinta URSS como la fuente principal...pero en el 2012 hablamos de paises como Cuba, "CHINA", Vietnam, y un país muy discutido que es COREA DEL NORTE.

Hay que iniciar haciendo un breve pasaje histórico y nos remontarnos a la famosa GUERRA DE COREA que ocasionó la división del estado  en COREA DEL SUR Y COREA DEL  NORTE situando como punto intermedio el famoso paralelo 38, dicha guerra iniciada allá por 1949-1950 que tuvo intervención por parte de los Estados Unidos que ocupó el territorio de a la ctual parte SUR y la URSS tomó la parte Norte, instaurando un gobierno de corte socialista, en 1953 se firma un tratado de armisticio por los territorios, sin embargo continua una enemistad, o una situación de rechazo por firmar algún tratado de paz entre ambos estados...

Bien pues, desde los inicios de Corea del Norte se instauró la dirigenecia de Kim II SUNG en 1948 perdurando hasta 1994 con su fallecimiento y continuó su hijo Kin JUNG IL pero en noticias recientes su fallecimiento el 13 de diciembre, entonces en la actualidad perdura su hijo kim jung un como  primer dirigente y lider del partido de los trabajadores de Corea que promueve la ideología juche.

GOBIERNO.

 Corea del Norte es uno de los sitios más aislados del mundo, con severas restricciones en la entrada y salida del país. La prensa es controlada por el Estado, asi como la promicón de laa ideología Juche que es a nivel nacional y consiste en NO DEPENDER DE LOS DEMÁS e incluso es oficial. Corea del Norte se autodecsribe como una República socialista autodependiente. 

Hay un "primer dirigente" que es tanto jefe de las fuerzas armadas y jefe del comité militar del partido de los trabajadores en resumen es JEFE DE ESTADO. El organo máximo del estado es la Asamblea Suprema del estado con 680 miembros aprox. es considerado el parlamenteno unicameral, está formado por un diputado por cada una de las 690 cisrcunscripciones que es elegido por un periodo de 5 años, tiene algunas facultades concedidads por la Constitución de Corea, la cual trataremos más adelante y estas son:



  • Fijar las sesiones de la Asamblea Suprema Popular.
  • Examinar y aprobar nuevas legislaciones estatales cuando la Asamblea no está reunida.
  • Interpretar la Constitución del país.
  • Formar o disolver los ministerios del gobierno.
  • Supervisar las leyes de los órganos del estado.

Bien pues, actualmente también se caracteriza por ser un país muy fuerte en cuanto fuerzas aramdas se refiere,  y por supuesto por contar con armamento nuclear avanzado, incluso se han lanzado amenazas al exterior del mundo contra los Estados Unidos.

La economía esta administrada por el Comité de Planificación Estatal, que se encarga de todo lo que tiene que ver con la economía del país. Precios, sectores de inversión, las plantaciones y estrategia de localización de plantaciones e industrias. Todo esta muymonopolizado por el Comité de Planificación Estatal. El aislamiento, también tiene una gran repercusión negativa en la economía, y el esfuerzo que hace el país por ser auto suficiente.

CONSTITUCIÓN DE COREA DEL NORTE.

El prólogo de la Constitución norcoreana cita: la Republica democrática de Corea y el pueblo coreano defenderá el Presidente Kim Il Sung como presidente eterno de Corea del Norte, defender y llevar adelante sus ideas y hazañas y completar la revolución Juche bajo la dirección del Partido de los Trabajadores de Corea”.
*La Constitución está   formada por   166 artículos y 7 capítulos. 

Corea del Norte reformó su Constitución con el fin de institucionalizar el sistema de gobierno del país y mejorar las referencias internacionales respecto a los derechos humanos, al tiempo que abandona la mención de comunista del régimen encabezado por Kim Jong-Il, informo hoy la prensa surcoreana.

Las modificaciones al texto anterior, que databa de 1998, fueron realizadas en abril, pero difundidas ahora por el régimen de Pyongyang, informó la agencia surcoreana Yonhap, en su versión digital.
En el artículo 3 de la constitución revisada se incorpora que el país es guiado en sus actividades por la "ideología songun y la idea Juche", visión del mundo centrada en el pueblo y su independencia. En contraste, se elimina la referencia que existía al comunismo en la versión de 1998.
Si bien con el anterior artículo hemos logrado obtener un poco de información al respecto, y es que en los últimos años se le ha visto como un país a los sumo desconocido, participa lo menos posible en justas internacionales de índole política, deportiva, económía, se le considera un estado asilado, con autoproduccióbn incluso con tintes hacia el totalitarismo, ya que en los docuemntales que he visto, se entrevistan a personas nativas y expresan que el primer dirigente es hasta peor que un dictador. Los castigos por cometer delitos son muy severos, sobretodo a las personas que se les imputa conspiraciones contra el estado.

En cuanto patrimonio se refiere, la propiedad privada está abolida, perteneciente al estado y este mismo otorga conseciones agrarias para cultivo, en materia de educación es de calidad, aunque desde muy chicos los niños son educados y se les inculca el rechazo a occidente, (U.S.A.).

Según los especialistas y visitantes, afirman que los derechos humanos se han visto en reducción enorme, hubo una hambruna en los años 80 y hasta la fecha no se ha logrado erradicar en su totalidad, los prisioneros políticos son mutilados y maltratados en cárceles anti-higienicas. No está permitIdo moverse libremente en el país. Hay extrema pobreza en el país en general, no realizan exportaciones de ningún producto y no se permite la libre salida de los habitantes.

En el socialismo, el derecho se ve subordinado a las condiciones económicas, de circulación y de riquezas, tal es el caso de Corea del Norte en donde el concepto de libertad es muy diferente al concepto que tenemos de occidente...


*GALERÍA DE FOTOS.



MAPA ACTUAL, DONDE SE MUESTRA EL PARALELO 38 COMO LA LÍNEA DIVISORIA ENTRE AMBAS NACIONES.


LOS LIDERES DE COREA DEL NORTE, FIGURANDO EL PRINICIPAL EN EL CENTRO.




CELEBRACIÓN EN LA EXPLANADA CENTRAL.



jueves, 26 de abril de 2012


DERECHO MUSULMÁN. por: Gael Escamilla Montoya.

Hola que tal, queridos bloggers, durante la semana hemos venido tratando diversos temas respecto del derecho Musulmán, y hemos llegado a diversas conclusiones, como "EL CORÁN" como máxima fuente normativa de los paises y que prevalece o se ve unido con la religión islámica, con una serie de principios, ideas destinados a un fin común.

Ahora bien, pues los lideres religiosos son los que se encargan de hacer interpretación de dicho cuerpo normativo, nada o ningún tipo de ley puede ir en contra del Corpan.

aqui pues comparto unos escritos que espero y sean de ayuda, los he realizado con esfuerzo y también se puedan comentar.

El Derecho musulmán
El derecho musulmán apareció desde el primer momento de su existencia como un ordenamiento jurídico personalista de base confesional, es decir, un Derecho cuya observancia y aplicación sólo se predica de aquellos individuos que se hallan integrados en la comunidad de creyentes que es el islam. Esta es una consecuencia de su íntima conexión con la esfera de lo religioso que convierte al fenómeno jurídico en una categoría subordinada y dependiente de aquélla; el Derecho concibe, pues, como una parte de la religión.

Las fuentes del Derecho musulmán

De este modo, no existen, prácticamente, fuentes jurídicas de creación en sentido estricto, con autonomía sustancial, puesto que tal papel resulta asumido por las propias fuentes dogmáticas en que descansa el Islam. Entre todas ellas, en primer lugar figura la revelación divina, directamente manifestada al Profeta de forma sobrenatural y recogida más tarde por escrito en el Corán. Junto a ella, como fuente complementaria, el testimonio de vida de Mahoma, la sunna o conducta observada ostensiblemente a través de sus hechos, palabras y silencios, interpretados estos últimos como aprobación de lo realizado en su presencia, todo lo cual constituye un conjunto de comportamientos transmitidos por vía oral mediante la tradición o hadit.


Resulta comprensible, pues, a la vista de todo los anterior, que la naturaleza intrínsecamente religiosa del Derecho musulmán determinara su configuración como un ordenamiento jurídico confesional, de estricta y exclusiva aplicación a los creyentes, y esta misma circunstancia determinó que, si bien su influencia en los Derecho cristianos fuera casi inexistente, llegara a ser posible su coexistencia paralela con la normativa propia de los cristianos y de los judíos, que, lejos de desaparecer, se convirtió en una de la señas de identidad de los practicantes de una y otra religión.

De la siguiente información viene ciertas dudas al respecto:

1.- ¿Qué comparación podriamos ubicar entre la familia jurídica musulmana con nuestro sistema mexicano en alguna institución de trascendencia?.

2.- ¿Cuál es su punto de vista del matrimonio musulmán?.

3.- Haablando de fuentes del derecho...¿Cree usted que alguna otra ley puede contrariar al Corán?.

GALERÍA DE FOTOS:

EL CORÁN.


VISTA DEL CIELO DE UNA CIUDAD DE IRÁN.


BODA MUSULMANA.



FAMILIA DE DERECHO SOCIALISTA.

Socialismo y Derecho.

OPINIONES Y ANÁLISIS RESPECTO AL TEMA.

Hola que tal compañeros, pues aqui , he logrado crear un artículo respecto un tema que en lo personal considero muy interesante, si biene existen muchos autores que hoy en día en ningún país existe el socialismo, otros que afirman que en el socialismo nunca hubo derecho, y otros afirmando que el derecho es inherente al humano por lo que en cualquier sistema tenemos derechos...a continuación el artpiculo..

Bien cabe mencionar aqui o tratar de aportar una definición acerca de... ¿qué es el socialismo?, bien pues, a continuación aportaré algunas opiniones,  parto de la idea del Socialismo através de 3 aspectos 1) como ideología 2) como sistema económico y 3) como sistema político. Bien en primer plano identificamos al socialismo como ideología promordialmente por que nació como tal, esto es, en el siglo XIX de nuestra historia cobra un auge a lo sumo fuerte que no se había suscitado en otros países o lugares del mundo, ya que se publica una obra que fue "el manifiesto comunista" en 1848, Por Engels y Marx que comienza explicando..."la historia de toda nuestra sociedad y hasta nuestros días es una lucha de clases...." aparte de la conformación de la llamada Primera Internacional, un grupo de personas tales como cientificos, políticos, filosofos etc. que co a hicieron grandes discusiones y debates en torno a la situación de la época las necesidades humanas, la pobreza, la guerra entre otros temas...

Bien pues Karl Marx creció en un ambiente de extrema pobreza, donde se percató de las condiciones insalubres, los malos salarios para el obrero, el campesino, a lo que el llamo "explotación del hombre por el hombre" aporta la  ideología, llamada "socialismo cientifico" , que propone la creación de un nuevos sitema económico-político en el cual la situación y funcionamiento sería diferente al liberalismo y capitalismo, pretende la creación d ela llamada "dictadura del proletariado" en donde la propiedad de los medios de produciión serían en un "inicio parte del estado y adminsitrados por tal", propone la estatificación de la economía, o en otras palabras la centralización, ahora el dueño de la fabrica ya no será un "patrón" si no los mismo obreros o trabajadores a lo que el llama la clase del proletariado serán dueños de dichos factores de producción.

Como sistema económico el socialismo viene a convertirse en una alternaativa ante el "imperioso capotalismo", bien pues, resuelve 3 interrgonates importantes para la economía que son ¿ Qué producir? satisfactores a traavés de los bienes y servicios, ¿cómo producir? satisfactores a través de empresas estatales o planificación centraalizada, elaborando planes cada determiando tiempo y ¿para quién producir' para la población en general, tanto para la gente con capacidad de compra  y las clases sociales más vulnerables.

Como sistema político, se propone al respecto varias cosas, ene primera la existencia d eun partido único de apoyo que promuebva el ideal y mantenga la unidad nacional, a su vez un "primer dirigente" que e sla persona capaz y encargada de llevar el registro del avance, representación , jefe de las fuerzas armadas etc. adeamás dependiendo de cada estado es como adoptarán un sistema de gobierno...

"Según las teorías actuales sobre Derecho, la convivencia, vivir el hombre entendido como ser humano, con el resto de hombres, vivir en sociedad, requiere un orden, sin el que no sería posible. La base del orden deviene de unas reglas fundamentales a las que debe atenerse tal convivencia. El conjunto de esas reglas constituye el Derecho natural. Derecho que es perceptible por la razón humana, que es congruente con la naturaleza del hombre, y que representa la perfecta justicia o el ideal de lo justo."


Cabe destacar que lugar ocupa el Derecho en éste sistema, es preciso mencionar que Karl Marx nunca elaboró estudios exhaustivos acerca del ámbito jurídico, esto es, no realizó obras enteras ni volumenes encaminados al análisis metodológico del Derecho, ya que siempre estuvo más enfocado a als condiciones económicas y políticas, sin embargo siempre en sus obras mencionaba o expresaba que el derecho era una tecnica de control social, un instrumento de poder que le sirve a la burguesía para obtener sus intereses, es por ello , que en el socialismo que pretende llegar al "comunismo" decía que llegará el día en que el derecho y la propiedad privada quedarán abolidos, sin embargo en este aspecto es prcesio afirmar que el Derecho no puede ser abolido inmediatamente, ya que son siglos en el cual las personas han estado viviendo este estilo de vida...

En la extinta Urss se contaba con una constitución nacional, que mencionaba preceptos básicos, especialmenete encaminados a la protección del trabajador, del campesinado y las clases populares en general, también se contaban con los llamados tribunales populares para la aplicación de la justicia especialmente en materia penal y civil, uno de los delitos más perseguidos era el de conspiración contra el estado" que en México se le conoce como Motín, también por mencionar otra insticuón que fuguró fue el de la modalidad de matrimonio y divorcio por correspondencia, esto es, cuando uno de los cónyuges ya no estaba de acuerdo en continuar con el lazo matrimonial, con el simple hecho de expresarlo ante el determinado registro, quedaba disuelto el vínculo, tanto que hasta por correspondecia (correo) se permitía el trámite.

Bien pues, el anterior tema es obvio que requiere de un análisis mucho más profunso, proximamente pretendo enefocarme en el siguiente blog a un enfoque o visión más jurídca, ya que consideraba necesario buscar
Deespúes de lo anterior estudiado surgen muchas dudas al respecto y me gustaría que pudieran opinar respecto al tema a traavés de las siguientes preguntas.

1.- Mencione su opinión acerca del sistema Socialista.
2.- ¿Cree usted en la subordianción del derecho a las condiciones económicas?.

3.- Mencione paises en la actualidad de la faamilia jurídica socialista.




domingo, 22 de abril de 2012

CONFLICTO ARGENTINA VS INGLATERRA "LAS ISLAS MALVINAS".


DERECHO ANGLOSAJÓN COMMON LAW Ó DERECHO NEORROMANISTA.


Hola de nuevo mis queridos bloggers...


Bien pues, me encuentro aqui con esta interesante nota, y la vuelvo a reescribir otorgándole un mejor sentido para mejor entendimiento, bien pues...un conflicto de talla internacional, con una historia amplia detrás, analicemos pues, en qué consiste:


Hoy en día existe información limitada al respecto del siguiente tema, por lo que he de resaltar la importancia del mismo.

Como se sabe Argentina es miembro de la familia jurídica Neorromanista e Inglaterra es de Derecho Anglosajón. Bien pues, en ARGENTINA a un costado existe una pequeña isla llamada MALVINAS, donde se genera importante producción. A continuación una breve reseña:


LA GUERRA DE LAS MALVINAS: fue un conflicto armado entre la República Argentina y el Reino Unido que tuvo lugar en las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur. La guerra se desarrolló entre el 2 de abril, día del desembarco argentino en las islas, y el 14 de junio de 1982, fecha del cese de hostilidades entre la Argentina y el Reino Unido de la Gran Bretaña, lo que conllevó la reconquista de los tres archipiélagos por parte del Reino Unido.


La causa fue la lucha por la soberanía sobre estos archipiélagos australes, cuyo descubrimiento es motivo de controversias, ocupados alternadamente entre España, Francia, Argentina y Reino Unido (actualmente); Argentina considera que se encuentran ocupados por una potencia invasora y los consideran como parte de su provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Tras una invasión de las Malvinas estaba previsto invadir militarmente también las islas Picton, Lennox y Nueva y otras hasta atacar al cabo de Hornos, que formaban parte de discusiones territoriales por parte de Argentina y Chile.2 El coste final de la guerra en vidas humanas fue de 649 militares argentinos, 255 británicos y 3 civiles isleños.


Políticamente, la derrota en el conflicto precipitó en Argentina la caída de la Junta Militar que gobernaba el país; en el Reino Unido, por su parte, la victoria en el enfrentamiento ayudó a que el Gobierno conservador de Margaret Thatcher lograra la reelección en las elecciones del año 1983.

Bien pues es evidente que si Argentina logra recuperar la soberanía de las islas, será entonces aplicable muchas de sus instituciones, prinicipios jurídicos, y también politicamente hablando. Sin embargo hasta la fecha no se ha podido llegar a acuerdos entre las 2 naciones, estaré constamente compartiendo información al respecto, para mayores detalles, ya que hace 2 meses el gobierno de Argentina através de La Cámara Alta del Congreso ha aprobado un proyecto que reivindica la soberanía sobre las Islas Malvinas. Los diputados han avalado de manera unánime la iniciativa, que establece la pertenencia imprescindible y legítima del archipiélago y los espacios marítimos circundantes a la nación latinoamericana.

La denominada declaración de Ushuaia ya fue aprobada en febrero por las comisiones de Relaciones Exteriores de ambas cámaras del congreso nacional. El documento exhorta a Londres al diálogo bilateral y denuncia el colonialismo británico.

Un importante tema, de la actualidad, una lucha por el poder político-jurídico de un territorio...



CIERTAS DUDAS VIENEN AL RESPECTO...


1.- PROPRCIONAR SU CONCPETO Y OPINIÓN DE SOBERANÍA.
2.-¿CREE USTED QUE SI SEA POSIBLE APLICAR DERECHO NEORROMANISTA?
3.- ¿CONSIDERA USTED INJUSTO QUE INGLATERRA SIGA POSEYENDO LA SOBERANÍA DE LAS ISLAS MALVINAS, SIENDO QUE TAN SÓLO SE ENCUENTRA A UN COSTADO DE ARGENTINA?

A CONTINUACIÓN OS DEJO UNA IMAGEN DE LA UBICACIÓN Y HE PUBLICADO UN VIDEO EN FACEBOOK, QUE ME GUSTARÍA PUDIERA CONSULTAR, GRACIAS.


MATRIMONIO MUSULMÁN...

Hola que tal, queridos bloggers, al respecto me había preguntado mucho acerca de muchas instituciones jurídicas que yacen en el Derecho Musulmán y como siempre "el matrimonio" figurando, bien pues, me había entrado de la duda, ya que en un documental que he visto, se decía que era meramente un Contrato. Bien pues, es preciso mencionar como dato general que aquí en México ha habido una discusión entre autores de Derecho Civil que insisten en que es un contrato y otro no, por lo pronto en nuestro país, la institución de Matrimonio se encuentra en el capitulo de familia en el Código Civil así que no lo podemos tratar exactamente como un contrato, bien pues a continuación. en el islam la situación es un tanto diferente veremos por que...


ANÁLISIS.


Existen diferencias de opinión con respecto a la naturaleza del matrimonio musulmán. Algunos juristas son de la opinión de que el matrimonio musulmán es puramente un contrato civil mientras que otros dicen que es un Sacramento religioso en la naturaleza. Un curioso estudiante de derecho musulmán debe examinar todos los aspectos del matrimonio musulmán porque sin estudiar todos los aspectos del matrimonio musulmán no puede entenderse su verdadera naturaleza.
La  contratación aspecto: Legalmente, un matrimonio musulmán es considerado como un contrato porque los elementos que constituyen un matrimonio y la forma en que se complete, son casi similares a la de un contrato civil. La naturaleza contractual del matrimonio musulmán puede explicarse a través de los siguientes hechos.
 1. Como un contrato, el matrimonio no está completa sin oferta y aceptación, es decir, "esqabool" en caso de matrimonio.
 2. Como un contrato, no puede haber ningún matrimonio sin el libre consentimiento de las partes o de los Guardianes.
 3. Como un contrato, las partes en el matrimonio deben ser competentes.
 4. Al igual que en el caso de un contrato celebrado por un tutor, en alcanzar mayoría, pueden ser retiradas o ratificado, de la misma manera, un matrimonio musulmán contratado por un tutor durante la minoría, puede ser retiradas o ratificado en alcanzar mayoría en virtud del principio de "OPCIÓN de la PUBERTAD ".
 COMENTARIOS DE JURISTAS EN LOS ASPECTOS CONTRACTUALES.
 1. MAHMOOD justicia en Abdul Kadir v. Salima,(1886) 8 149 todos observó que matrimonio entre Muhammedans no es un Sacramento, sino meramente un contrato civil.
 2. MITTER de justicia en caso de Subrunnisa, 1934 aire Cal. 603 observada que matrimonio bajo la ley islámica es un contrato civil y es como un contrato de venta. Venta es la propiedad de la transferencia de un precio. En el contrato de matrimonio, la esposa es la propiedad y dower es el precio.
Es claro de las líneas mencionadas que el matrimonio bajo la ley islámica no es un contrato ordinario; , es en realidad una poderosa institución social para la promoción de la mujer y promueve el desarrollo de una sociedad sana, libre de males.

  1. CIERTAS DUDAS SURGEN AL RESPECTO...
  2. ANALIZAR ¿QUÉ ES UN CONTRATO EN NUESTRA LEGISLACIÓN CIVIL?
  3. ¿QUE ELEMENTOS ESENCIALES Y DE VALIDÉZ CONTIENEN?
  4. MENCIONAR UNA DEFINICIÓN DE MATRIMONIO, (de preferencia de manera general).
  5. MENCIONE SU OPINIÓN Y BASES ACERCA DEL MATRIMONIO CONTRATO O NO LO ES...

sábado, 21 de abril de 2012


DERECHO ANGLOSAJÓN/ COMMON LAW.

Hola que tal compañeros!!! buen día, en esta ocasión me sirvo en expresar el siguinete exto respecto de un tema que había quedado sin estudiar de la familia del Common Law, o mejor dicho una variante, importante  razonar, pues aqui lo siguiente...

QUEBEC!/ CANADÁ  una especie de territorio con caracteristicas mixtas, dentro de un país que forma parte del common law.

Bien pues QUEBEC comparte características tanto de sistema neorromansita como de derecho anglosajón, ya que la recepción del primer sistema mecnionado se dio en Canadá cuando los franceses colonizan el territorio y fundan QUEBEC.  aunque por un periodo corto también hubo dominación inglesa e instauraron diversas instituciones jurídicas en derecho penal y civil, pues pus, la influencia francesa logró ser más dominante, .

El código civil en QUEBEC conforme  a datos especificos entró en vigor en 1774 , donde se acordó permanecer con figuras inglesas y de corte francés. Incluso el código civil de la ciudad entró en vigor en 1866 y tomó el módelo del código civil de Napoléon, caso semejante a gran parte de los paises de la familia Neorromanista, el caso de México por ejemplo.

Pero Gran bretaña dotó a Quebec de una Constitución distinta a las otorgadas de otros miembros del reino.inlcuso durante muchos años este territorio ha buscadi independizarse de Canadá , inclsuo con la elebpración de referénndum en 1980 (reciente).

Para fines más prácticos, Quebec tiene instituciones jurídicas tanto inglesas y francesas. Por mencionar otro suceso es que en 1998 el tema de la separación de QUEBEC tomó un nuevo sesgo cuando la suprema Corte de Canadá aprobó un dictamen en el sentido de una declaración de independencia unilateral por parte de la Constitución del país como del derecho internacional.

Comentario:

Bien pues, toca mencionar muchos comentarios, lo que me lleva a una duda, entonces ¿es posible o existiría cierta posibilidad de ubicar a Canadá dentro de las familias jurídicas Mixtas?...debido a que dentro del sistema jurídico, impera un territorio donde hay common law derecho civil y penal en combinación con otra clase de instituciones, sin embargo en los próximos blogs, cuando toque hablar de la familia jurídica mixta, llegaremos a razonamientos importantes, mientras pongo la tela en juicio a mis lectores, ya que si hablamos en un sentido totalmente estricto, entonces ningún sistema jurídico es totalmente "PURO", y menos!, con el creciente fenómeno de Globalización.

1.- Bien pues ¿podría ser posible la separación?...

2.- Mencione su opinión con respecto tema...

3.-¿Puede representar un problema para aquella nación dicha independencia?

GALERÍA DE FOTOS:


MAPA DE LA CIUDAD DE QUEBEC.



PALACIO EN LA CIUDAD DE QUEBEC.